Unidades de Verificación de Instalaciones Eléctricas

Una Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas (UVIE) es una persona física o moral que realiza actos de verificación de la instalación eléctrica para evaluar la conformidad de esta con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-VIGENTE, Instalaciones Eléctricas (utilización), las cuales han sido acreditadas por la Entidad  Mexicana de Acreditación y aprobadas por la Secretaría de Energía, conforme a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y se encuentran registradas en el portal en Internet de la Secretaría de Energía www.energia.gob.mx

La UVIE verifica el cumplimiento de la norma de la instalación eléctrica en sitios de concentración pública y/o con suministro eléctrico en mediana y baja tensión mediante una solicitud del constructor (aplicado a instalaciones nuevas), habiendo corroborado que se cumple con la norma correspondiente, emite un documento denominado acta de evaluación de la conformidad.

¿Cuándo es necesario una UVIE?

El interesado en contratar el servicio de energía eléctrica para edificios de concentración pública o para instalaciones de potencia mayor a 10 kW, deberá requerir los servicios de una Unidad Verificadora de Instalaciones Eléctricas, ésta se encargará de examinar a cabalidad la instalación en cuestión y -de así proceder- emitirá un dictamen aprobatorio: documento requerido para obtener la conexión a la red eléctrica por parte de CFE (hasta ahora).

Si no se tiene este dictamen, la empresa suministradora no debe prestar el servicio, convirtiéndose en prioritario para el solicitante satisfacer esta obligación. Para evitar malas prácticas, la Secretaría de Energía cuenta con un sistema de registro en línea llamado SEDIVER, que permite a la suministradora cotejar que el documento que está recibiendo es legal y se encuentra acreditado.

Para las viviendas no solicitan un dictamen de una UVIE, (siempre y cuando el servicio sean en Baja Tensión; en caso contrario, cuando se contrata el servicio en Media Tensión será indispensable presentar la UVIE); sólo las áreas comunes requieren dictamen de verificación cuando se trate de vivienda múltiple.